Con fecha 16 de noviembre de 2016, la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales mediante la Disposición 60/16 oficializó la lista de países que gozan de un adecuado nivel de protección de los datos personales, y con los que por lo tanto se puede intercambiar libremente datos personales. Estos países son la Unión Europea y miembros de la comunidad económica europea, Confederación Suiza, Guernesey, Jersey, Isla De Man, Islas Feroe, Canadá sólo respecto de su sector privado, Principado de Andorra, Nueva Zelanda, República Oriental del Uruguay y Estado de Israel sólo respecto de los datos.
Esta misma disposición establece un modelo de contrato tipo para utilizar en los casos en que el país con el que se quiere realizar un intercambio de datos personales no tenga un adecuado nivel de protección, lo que simplificará los trámites de registro de contratos de transferencia internacional de datos (que sigue siendo voluntario) y estandarizará este tipo de contratos.
Para más datos, por favor contactarse con la Dra. María del Rosario Millé, a rosario@mille.com.ar