Novedades societarias: La Resolución General IGJ 8/16 Dos cambios que flexibilizan exigencias de la Inspección General de Justicia

La Resolución General (“RG”) N° 8/16 de la Inspección General de Justicia (“IGJ”) publicada en el Boletín Oficial el 29/04/16, modificó el artículo 67 de la RG IGJ 7/15 que exigía que el objeto de una sociedad fuese único, y derogó el artículo 68 de la misma RG que facultaba a la IGJ a requerir a una sociedad el aumento de su capital social cuando considerara que el capital fijado por la sociedad no fuese el adecuado para cumplir su objeto.

Con estas modificaciones, retoman plena vigencia y sin limitaciones las disposiciones de la Ley General de Sociedades (“LGS”); la cual respecto del objeto social, sólo exige que el mismo sea “preciso y determinado”, y en cuanto al capital social, fija el monto mínimo para las sociedades anónimas en $100.000 (artículo 186 LGS), sin establecer parámetros para los restantes tipos societarios.

Contacto para más información: Dra. María Susana Figlioli a msfiglioli@mille.com.ar